Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba
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Canal Oficial en Telegram del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la República de Cuba
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Desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social trabajamos en el diseño de nuevos servicios en linea para el acceso al empleo y la superación, como parte de la implementación de políticas que contribuyan a elevar la calidad en el empleo.@MartaEFeito @yiseilis https://t.co/YbeGCckukI
👉¿Sabías que el Decreto Ley 92/2024 protege a los afiliados a este régimen especial de #SeguridadSocial ante la enfermedad y accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez total, vejez, y en caso de muerte protege a su familia.
¡Conoce tus derechos!
#MtssCuba
Sujetos del Decreto Ley 92/2024:
* Los TPCP ;
* los socios de las CNA;
* los socios de las MIPYMES;
* los titulares de los proyectos de desarrollo local que no son sujetos del régimen general de seguridad social o cualquier otro régimen especial.
#SeguridadSocial #Cuba
Decreto Ley 92/2024 en vigor desde el 19 de septiembre de 2024.
Establece el régimen especial de #SeguridadSocial para TPCP, socios de las CNA y MIPYMES, así como los titulares de los PDL que no son sujetos del régimen general de seguridad social o de cualquier otro régimen especial.
➡️ ¿Sabía usted que el Decreto Ley 80 dispone un tratamiento diferenciado para la acreditación del tiempo de servicios del productor agropecuario
vinculado directamente a la producción, consistente
en reconocer por cada nueve meses de contribución un año de servicios?
El Decreto Ley 80 dispone que el pensionado por edad, puede reincorporarse al trabajo como productor agropecuario, contribuye al Régimen Especial y tiene derecho al subsidio por enfermedad o accidente y, cuando decida cesar definitivamente en él, al incremento de su pensión.
El Decreto Ley 80 de 2023 establece un Régimen Especial de #SeguridadSocial para el Sector Agropecuario y Forestal, eliminando diferencias en cuanto a la protección a la #SeguridadSocial con respecto al régimen general y elimina la dispersión de normas jurídicas en esta materia.
Decreto Ley 80/2023 publicado el 6/6/2024 en GO.
👉 #Cuba alcanza el 100% de cobertura a la #SeguridadSocial
👉Elimina diferencias de protección a la #SeguridadSocial y dispersión de normas jurídicas, concentrándolas todas en un solo cuerpo legal.
👉 En vigor el 3/12/2024
* Decreto Ley 80 de 2023 Sector Agropecuario y Forestal *
Objetivo: eliminar las diferencias en cuanto a la protección a la #SeguridadSocial con respecto al régimen general de los sujetos de este régimen especial y eliminar la dispersión de normas jurídicas.
#MtssCuba
🤔¿A cuánto asciende la contribución del productor agropecuario, según el Decreto Ley 80?

👉La contribución es del 5% de la BC seleccionada por él y se utiliza como referencia la escala y tarifas salariales establecidas, aplicables a todos los trabajadores por el #MtssCuba
🤔¿Dónde se formaliza la afiliación al régimen especial de seguridad social que establece el Decreto Ley 80/2023?
👉Con la inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Social, que obra en la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social de cada territorio.
🤔¿Es obligatoria la afiliación al régimen especial de seguridad social que establece el Decreto Ley 80/2023, para poder recibir los beneficios que se conceden?
👉Sí es obligatoria y constituye un requisito indispensable para recibir los beneficios de la seguridad social.
👉 Si tienes cualquier duda en materia de #SeguridadSocial acércate al Departamento de Seguridad Social de tu municipio.
El derecho a la #SeguridadSocial no prescribe. Es por ello que el trabajador que se desvincule laboralmente puede solicitar la pensión por edad en cualquier tiempo, si en la fecha de su desvinculación reunía los requisitos establecidos para obtener dicha pensión. #MtssCuba
El jubilado reincorporado al empleo, una vez que cesa en el trabajo definitivamente tiene derecho a incrementar la cuantía de la pensión.
Este trámite se realiza en los Departamentos de #SeguridadSocial de las Direcciones de Trabajo municipales.
#MtssCuba
👉¿En qué consiste la Actualización de la cuantía de la pensión?
Se produce cuando se presentan nuevas pruebas, q no fueron tomadas en el trámite inicial al momento de jubilarse, y que conlleven a modificar la cuantía de la pensión.
👉Pensión por edad extraordinaria.
👀Requisitos: activo servicio, acreditar de 20 a 29 años de trabajo y 60 años de edad (mujeres) o 65 (hombre).
👀Cuantía: Se obtiene de aplicar al salario promedio mensual, el 40% (por los primeros 20 años), incrementando por cada año el 2%.
👉Pensión por edad ordinaria
👀Requisito: activo servicio, acreditar mínimo 30 años de trabajo y 60 de edad (mujer) o 65 (hombre).
👀Cuantía: 60% del salario promedio mensual (por los primeros 30 años de servicio) y por cada año que exceda el 2% hasta el 90% como máximo.
La Ley 105 de Seguridad Social establece, que para conceder la pensión por invalidez total, se forma el expediente de pensión, cuya tramitación se inicia cuando la administración recibe el dictamen de la Comisión de Peritaje Médico Laboral.
La Ley 105 de Seguridad Social, establece que la invalidez para el trabajo puede ser parcial o total y se determina por la Comisión de Peritaje Médico Laboral, al examinar al trabajador sobre su capacidad laboral.
El trámite de la pensión por edad, se inicia por la administración ante la filial municipal del INASS donde radica la entidad, previa solicitud del trabajador vinculado laboralmente, presentando además el expediente laboral.