Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba
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El Presidente Díaz-Canel comparte con la población de Los Sitios como siempre ocurre y la población le responde y acompaña a su paso con entusiasmo y una cubanisima conga.
#SomosCuba #CubaViva #PonleCorazón #Cuba🇨🇺 https://t.co/A8bzNQHPoV
(Vía Twitter)
Forwarded from Presidencia Cuba
Llama el Presidente Díaz-Canel a trabajar con agilidad y sin pérdida de tiempo desde este fin de semana en el montaje y recuperación constante y paulatina de los niveles de producción de oxígeno a partir del arribo al país en las próximas horas de las piezas necesarias.
#Cuba🇨🇺 https://t.co/v7C3ckN1sV
(Vía Twitter)
El @MINAGCuba, realizó entrega de pulóver y gorra a los Trabajadores Sociales de 10 de Octubre, La Habana.
👉Tanto el pulóver como la gorra, llevan la identidad visual que expresa el compromiso de ponerle Corazón a la comunidad en las labores de prevención y transformación social https://t.co/pQr7KoSkqF
Participa el Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, Jesús Otamendiz; en el encuentro virtual sobre el desarrollo de la pandemia y la respuesta de los Institutos de Seguridad Social, en el que expone las experiencias de Cuba en la atención a la población y en especial a los adultos mayores y personas vulnerables.
https://www.facebook.com/CISS.org.esp/videos/250795800237835/
En Gaceta, la Resolución 72/2021 de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, en la que se aprueba que las unidades presupuestadas con tratamiento especial apliquen sistemas de pago a destajo u otros que estimulen el aporte individual en las actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios que le generen ingresos propios.
Enlace de descarga: https://www.gacetaoficial.gob.cu/.../files/goc-2021-ex74.pdf
Decreto-Ley No. 48, del Régimen Especial de Seguridad Social, para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las Cooperativas no Agropecuarias y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Privadas.
‼️Esclareciendo dudas sobre la afiliación‼️
Decreto-Ley No. 48, del Régimen Especial de Seguridad Social, para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las Cooperativas no Agropecuarias y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Privadas. 👉🏻Protección que brinda al trabajador afiliado
Forwarded from Presidencia Cuba
Desde #PinardelRío llegan a la #IsladelaJuventud el Presidente @DiazCanelB y el Primer Ministro @MMarreroCruz, acompañados por un equipo de Gobierno, para dar seguimiento a los daños ocasionados por el #HuracánIda en el municipio especial.
#ACubaPonleCorazón 🇨🇺 https://t.co/ap8dhhCRgP
(Vía Twitter)
Disponible para descarga el Decreto No. 50/2021, mediante el que se modifica el Decreto 326 "Reglamento del Código de Trabajo" de 12 de junio de 2014, en cuanto a la interrupción de la actividad laboral y las condiciones de la declaración de trabajadores disponibles.
https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-ex75.pdf
El Vice Primer Ministro y Ministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández; la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera; el Viceministro Primero de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale y la Viceministra de Economía, Johana Odriozola Guitart, comparecerán este hoy en la Mesa Redonda para responder opiniones e interrogantes de la población sobre los actores de la economía cubana.
#IDEALxCuba #ActoresEconómicos #Cuba
No hay ninguna prohibición para que una MIPYME estatal o privada pueda asociarse a una inversión extranjera y constituir una empresa mixta. Existe una Ley de Inversión Extranjera en el país.
No está prohibido que un profesional trabaje en el sector no estatal o en una MIPYME, explica el Vice Primer Ministro y Ministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández
Pasos de avance:
- haber pasado de una lista de actividades autorizadas a una lista de actividades no autorizadas.
- Tiene la valía que aplica a todos los actores económicos.
Diferencias entre las CNA y las MIPYME.
Las CNA tiene que ver con principios de solidaridad y que los socios son propietarios. Es un proceso de asociación voluntaria y donde la mayoría de las personas que trabajan son socios. En estas el trabajo se erige como forma de asociación. En el caso de las MIPYME se diferencia por el importe del capital aportado.

Existen otras diferencias como las formas de propiedad.
No se puede ser socio de más de una MIPYME, lo que se sustenta en la Conceptualización del Modelo Económico y Social cubano de Desarrollo Socialista, de evitar la concentración de la riqueza; aunque sí puede ser socio en una MIPYME y en una CNA
En el artículo 28 del Código de Trabajo se establece que los trabajadores pueden, una vez cumplidos los deberes del cargo que desempeñan, realizar otras labores. (pluriempleo)
Es importante que se cumpla con el horario, la disciplina, con el contenido del trabajo asignado.
Se redujo el tiempo de contribución mínimo, así como el por ciento de contribución, homologando a todos los actores económicos con el 20%.
El otro beneficio es que los trabajadores contratados son beneficiarios del Régimen General
Deben ir a la Oficina de Trámites los que quieren inscribirse como TPCP o aquellos que deseen ampliar su proyecto de trabajo. El resto de los trabajadores no deben preocuparse porque la reinscripción se hará de oficio y la norma prevé hasta un año para este proceso. Además, las autorizaciones que hasta ahora poseen los trabajadores por cuenta propia, mantienen su vigencia.