Pensión por causa de muerte
Requisitos y familiares con derecho a pensión
La muerte del trabajador o la presunción de su fallecimiento por desaparición, conforme a los procedimientos legalmente establecidos, origina para su familia el derecho a pensión en los casos siguientes:
a) si se encontraba vinculado laboralmente;
b) si se encontraba pensionado por edad o por invalidez;
c) si su desvinculación se produjo en los seis meses anteriores a su fallecimiento o desaparición; y
d) si antes de desvincularse del trabajo reunía los requisitos para la pensión por edad y no había ejercido el derecho.
En los casos de la persona desaparecida al producirse un desastre, calamidad pública, accidente u operación militar, a los familiares con derecho a la pensión por causa de muerte, se les garantiza de inmediato y con carácter provisional la pensión, sin que transcurra el período establecido por el Código Civil para declarar la presunción de la muerte.
Conforme a la Ley No. 105, “De Seguridad Social”, se consideran familiares con derecho a pensión, los siguientes:
a) la viuda que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de éste, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido o cualquier tiempo si existen hijos comunes o el fallecimiento del causante se origina por accidente común o de trabajo;
b) la viuda de matrimonio reconocido judicialmente que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de éste, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido, o cualquier tiempo si existiesen hijos comunes o el fallecimiento se origina por accidente común o de trabajo; Si la viuda es menor de 40 años de edad y no tiene la condición de trabajadora habitual, estando apta para el trabajo y sin hijos que atender o padres que requieran su cuidado permanente al no poder valerse por sí mismos, tiene derecho a la pensión hasta el término de dos años, durante el cual debe gestionar su vinculación laboral.
c) el viudo de matrimonio formalizado o reconocido judicialmente, de 65 años o más, o incapacitado para el trabajo, que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de ésta, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido o cualquier tiempo si existen hijos comunes o el fallecimiento se origina por accidente común o de trabajo;
d) los hijos menores de 17 años de edad;
e) los hijos mayores de 17 años de edad, que se encuentren incapacitados para el trabajo, al momento del fallecimiento del causante o cuando arriben a los 17 años de edad, y dependieran económicamente del fallecido; y
f) la madre y el padre, incluyendo los adoptivos, siempre que carezcan de medios de subsistencia y dependieran económicamente del fallecido. ARTICULO 73.-A los huérfanos de ambos padres que se encuentren estudiando en los cursos regulares diurnos de la educación superior y enseñanza técnico profesional, se les mantiene la pensión después de cumplida la edad de 17 años y hasta que concluyan sus estudios o causen baja de ellos.
A los huérfanos de ambos padres, mayores de 17 años, que no estén vinculados al trabajo y se encuentren estudiando en los cursos regulares diurnos de la educación superior y enseñanza técnico profesional al momento del fallecimiento del causante, se les concede la pensión hasta que concluyan sus estudios o causen baja de ellos.
Requisitos y familiares con derecho a pensión
La muerte del trabajador o la presunción de su fallecimiento por desaparición, conforme a los procedimientos legalmente establecidos, origina para su familia el derecho a pensión en los casos siguientes:
a) si se encontraba vinculado laboralmente;
b) si se encontraba pensionado por edad o por invalidez;
c) si su desvinculación se produjo en los seis meses anteriores a su fallecimiento o desaparición; y
d) si antes de desvincularse del trabajo reunía los requisitos para la pensión por edad y no había ejercido el derecho.
En los casos de la persona desaparecida al producirse un desastre, calamidad pública, accidente u operación militar, a los familiares con derecho a la pensión por causa de muerte, se les garantiza de inmediato y con carácter provisional la pensión, sin que transcurra el período establecido por el Código Civil para declarar la presunción de la muerte.
Conforme a la Ley No. 105, “De Seguridad Social”, se consideran familiares con derecho a pensión, los siguientes:
a) la viuda que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de éste, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido o cualquier tiempo si existen hijos comunes o el fallecimiento del causante se origina por accidente común o de trabajo;
b) la viuda de matrimonio reconocido judicialmente que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de éste, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido, o cualquier tiempo si existiesen hijos comunes o el fallecimiento se origina por accidente común o de trabajo; Si la viuda es menor de 40 años de edad y no tiene la condición de trabajadora habitual, estando apta para el trabajo y sin hijos que atender o padres que requieran su cuidado permanente al no poder valerse por sí mismos, tiene derecho a la pensión hasta el término de dos años, durante el cual debe gestionar su vinculación laboral.
c) el viudo de matrimonio formalizado o reconocido judicialmente, de 65 años o más, o incapacitado para el trabajo, que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de ésta, siempre que el matrimonio tuviera no menos de un año de constituido o cualquier tiempo si existen hijos comunes o el fallecimiento se origina por accidente común o de trabajo;
d) los hijos menores de 17 años de edad;
e) los hijos mayores de 17 años de edad, que se encuentren incapacitados para el trabajo, al momento del fallecimiento del causante o cuando arriben a los 17 años de edad, y dependieran económicamente del fallecido; y
f) la madre y el padre, incluyendo los adoptivos, siempre que carezcan de medios de subsistencia y dependieran económicamente del fallecido. ARTICULO 73.-A los huérfanos de ambos padres que se encuentren estudiando en los cursos regulares diurnos de la educación superior y enseñanza técnico profesional, se les mantiene la pensión después de cumplida la edad de 17 años y hasta que concluyan sus estudios o causen baja de ellos.
A los huérfanos de ambos padres, mayores de 17 años, que no estén vinculados al trabajo y se encuentren estudiando en los cursos regulares diurnos de la educación superior y enseñanza técnico profesional al momento del fallecimiento del causante, se les concede la pensión hasta que concluyan sus estudios o causen baja de ellos.
Otros servicios que se prestan en las filiales municipales del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS)
Consultas sobre temas relacionados con la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
Trámite de las solicitudes de pensión por edad, invalidez total y por causa de muerte.
Trámite de las prestaciones por maternidad.
Prestaciones por invalidez parcial.
Prestaciones a trabajadores con tuberculosis en fase activa.
Prestación a combatientes.
Prestación a internacionalistas.
Prestación por invalidez temporal a los trabajadores del sector privado.
Prestación por invalidez total para los miembros de las Cooperativas de Producción Agropecuaria (sin medio de pago).
Solicitudes de reincorporación al trabajo para los jubilados por edad.
Afiliación de los cooperativistas no agropecuarios al régimen especial de Seguridad Social.
Solicitudes de Trámites de Incidentes por los siguientes conceptos:
Incremento.
Actualización.
Modificación.
Solicitudes de reexpedición por repatriación.
Subsanaciones por error en nombres y apellidos.
Cambios de Tutor.
Unificación de pensiones.
Pagos por una sola vez.
Providencias para actuar por cuenta ajena.
Reexpediciones de la pensión, por cumplimiento de sanción penal.
Solicitudes de pensiones alimenticias.
Entrega de chequeras, resoluciones y expedientes al concluir el trámite de jubilación o pensión.
Custodia de las chequeras de los beneficiarios que salen temporalmente del país.
Solicitud de duplicados por deterioro o extravío de chequeras.
Solicitud de reexpedición por baja errónea, reincorporación al trabajo, salida temporal del país.
Solicitud de subsanaciones por error en el número del carné de identidad.
Solicitud de pagos provisionales por deterioro o extravío de cupones.
Solicitudes de cambios de sucursales bancarias o de oficinas de correos.
Solicitudes de cambios de medios de pago de chequera a tarjeta o viceversa.
Solicitudes de cheques controlados.
Autorizaciones para el cobro de las pensiones de los incapacitados mentales que están en centros asistenciales.
Autorizaciones para el cobro de las pensiones de los sancionados a privación de libertad con internamiento.
Autorizaciones para recoger la tarjeta magnética.
Solicitudes de afiliación para el cobro en oficinas de Correos de Cuba.
Consultas sobre temas relacionados con la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
Trámite de las solicitudes de pensión por edad, invalidez total y por causa de muerte.
Trámite de las prestaciones por maternidad.
Prestaciones por invalidez parcial.
Prestaciones a trabajadores con tuberculosis en fase activa.
Prestación a combatientes.
Prestación a internacionalistas.
Prestación por invalidez temporal a los trabajadores del sector privado.
Prestación por invalidez total para los miembros de las Cooperativas de Producción Agropecuaria (sin medio de pago).
Solicitudes de reincorporación al trabajo para los jubilados por edad.
Afiliación de los cooperativistas no agropecuarios al régimen especial de Seguridad Social.
Solicitudes de Trámites de Incidentes por los siguientes conceptos:
Incremento.
Actualización.
Modificación.
Solicitudes de reexpedición por repatriación.
Subsanaciones por error en nombres y apellidos.
Cambios de Tutor.
Unificación de pensiones.
Pagos por una sola vez.
Providencias para actuar por cuenta ajena.
Reexpediciones de la pensión, por cumplimiento de sanción penal.
Solicitudes de pensiones alimenticias.
Entrega de chequeras, resoluciones y expedientes al concluir el trámite de jubilación o pensión.
Custodia de las chequeras de los beneficiarios que salen temporalmente del país.
Solicitud de duplicados por deterioro o extravío de chequeras.
Solicitud de reexpedición por baja errónea, reincorporación al trabajo, salida temporal del país.
Solicitud de subsanaciones por error en el número del carné de identidad.
Solicitud de pagos provisionales por deterioro o extravío de cupones.
Solicitudes de cambios de sucursales bancarias o de oficinas de correos.
Solicitudes de cambios de medios de pago de chequera a tarjeta o viceversa.
Solicitudes de cheques controlados.
Autorizaciones para el cobro de las pensiones de los incapacitados mentales que están en centros asistenciales.
Autorizaciones para el cobro de las pensiones de los sancionados a privación de libertad con internamiento.
Autorizaciones para recoger la tarjeta magnética.
Solicitudes de afiliación para el cobro en oficinas de Correos de Cuba.
«Tus lecciones y tu ejemplo perdurarán», #Fidel sobre el Héroe de la República de Cuba Sergio del Valle Jiménez, en la Reflexión que tras su muerte publicara el 16 de noviembre de 2007 para rendirle tributo al inolvidable compañero de lucha. #Cuba #CubaViveEnSuHistoria #MtssCuba
Fue el piloto del yate Granma en su travesía de Tuxpan, México, hasta la playa Las Coloradas entre el 25 de noviembre y el dos de diciembre de 1956. Después del desembarco de las expediciones del Granma logró evadir la persecución del ejército de la dictadura y salió clandestinamente del país. Tras del triunfo revolucionario regresó a Cuba y desempeñó diversas tareas. Condujo el buque Cerro Pelado a Puerto Rico llevando la delegación deportiva cubana que participó en los X Juegos Centroamericanos y del Caribe en 1966. #Cuba #CubaViveEnSuHistoria #MtssCuba
La primera vez que una mujer humilde, y además negra, iluminó con su sonrisa la portada de una revista cubana fue el 15 de noviembre de l961 en el primer número de Mujeres.
Divulgar cada una de las tareas que las cubanas hemos asumido en defensa de la Revolución y en el crecimiento personal y social como ciudadanas plenas, debatir las complejidades del proceso de transformación de roles, estereotipos y juicios de valor signado por la cultura tradicional, y contribuir a la formación de la mujer y el hombre nuevo a que aspiramos, han sido algunas de sus principales labores. #Cuba #MujerCubana #MtssCuba
Divulgar cada una de las tareas que las cubanas hemos asumido en defensa de la Revolución y en el crecimiento personal y social como ciudadanas plenas, debatir las complejidades del proceso de transformación de roles, estereotipos y juicios de valor signado por la cultura tradicional, y contribuir a la formación de la mujer y el hombre nuevo a que aspiramos, han sido algunas de sus principales labores. #Cuba #MujerCubana #MtssCuba
Jóvenes procedentes de Guatemala, Nicaragua, El Salvador, Honduras, México y otras regiones del continente, inauguraron la institución el 15 de noviembre de 1999, como respuesta a la necesidad de más médicos, que dejó en evidencia el desastre provocado por los ciclones George y Mitch en Centroamérica, causante de unos 10 000 muertos y desaparecidos, más millones de damnificados. En la actualidad en la ELAM aprenden a sanar el cuerpo, jóvenes humildes de Oceanía, Eurasia, África y las Américas, incluido Estados Unidos, los que retornan a sus comunidades luego de un período riguroso de seis años de estudio. Los graduados tienen derecho a cursar de forma gratuita su primera especialidad. #Cuba #CubaPorLaSalud #CubaPorLavida #MtssCuba
En la mañana de este martes llegó a La Habana una nueva central flotante para la generación de electricidad que, una vez sincronizada, sumará al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) unos 110 megawatts (MW) de potencia. Esta patana (como también se conocen las centrales flotantes) será la séptima instalación de su tipo en el país, uniéndose a otras radicadas en la bahía de Mariel y en la bahía de La Habana. Los primeros de estos sistemas operan en el país desde 2019 fruto de un acuerdo entre Cuba y la empresa turca Karadeniz Holding. ⚡ Según fuentes de la Unión Eléctrica, la central dotada con seis motores, debe sincronizar al sistema eléctrico a finales de este mes de noviembre. Con la esta incorporación, las “patanas” tienen una potencia de 400 mw. Fuentes: Cubadebate
Solicitud de licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia.
Al acudir a la Dirección de Trabajo Municipal, las personas interesadas deben presentar los documentos siguientes:
a)Escrito de solicitud;
b)carné de identidad;
c)dos fotos 1x1;
d)solicitud de autorización para emplear trabajadores contratados y proyecto de contrato de trabajo o documento equivalente, donde se precisen las cláusulas y condiciones acordadas;
e)autorización del Historiador o del Conservador, según corresponda, en los casos en que pretenda realizar la actividad dentro de los límites de la Zona Priorizada para la Conservación; y
f)otros documentos requeridos, en correspondencia con la actividad que se va a desarrollar.
El escrito de solicitud a que se hace referencia, contiene la información sobre los aspectos siguientes:
a)Descripción de la actividad que pretende realizar y lugar donde va a ejercerla;
b)declaración jurada del origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar en las actividades: Arrendador de vivienda, habitaciones y espacios; Fregador engrasador de equipos automotores; Herrero, Instructor de gimnasio de musculación; Operador de equipos de recreación; Panadero-dulcero; Productor vendedor de calzado; Servicio de chapistería; Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles; Servicio gastronómico en cafetería; Servicio gastronómico en restaurante; Servicio de bar y recreación; Transporte de carga y pasajeros con medios automotores, ferroviarios y marítimos;
c)procedencia de los equipos y medios, cuando corresponda;
d)cumplimiento de las normas de Planificación Física, de higiene, de inocuidad de los alimentos, el uso racional del agua, medio ambiente y de protección contra incendios, cuando corresponda;
e)interés de utilizar carteles, servicios artísticos o ambos;
f)horario de producción o servicio, en correspondencia con lo establecido por el Consejo de la Administración del Poder Popular; y
g)fuente de procedencia del interesado a los efectos de la afiliación a la seguridad social.
Al acudir a la Dirección de Trabajo Municipal, las personas interesadas deben presentar los documentos siguientes:
a)Escrito de solicitud;
b)carné de identidad;
c)dos fotos 1x1;
d)solicitud de autorización para emplear trabajadores contratados y proyecto de contrato de trabajo o documento equivalente, donde se precisen las cláusulas y condiciones acordadas;
e)autorización del Historiador o del Conservador, según corresponda, en los casos en que pretenda realizar la actividad dentro de los límites de la Zona Priorizada para la Conservación; y
f)otros documentos requeridos, en correspondencia con la actividad que se va a desarrollar.
El escrito de solicitud a que se hace referencia, contiene la información sobre los aspectos siguientes:
a)Descripción de la actividad que pretende realizar y lugar donde va a ejercerla;
b)declaración jurada del origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar en las actividades: Arrendador de vivienda, habitaciones y espacios; Fregador engrasador de equipos automotores; Herrero, Instructor de gimnasio de musculación; Operador de equipos de recreación; Panadero-dulcero; Productor vendedor de calzado; Servicio de chapistería; Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles; Servicio gastronómico en cafetería; Servicio gastronómico en restaurante; Servicio de bar y recreación; Transporte de carga y pasajeros con medios automotores, ferroviarios y marítimos;
c)procedencia de los equipos y medios, cuando corresponda;
d)cumplimiento de las normas de Planificación Física, de higiene, de inocuidad de los alimentos, el uso racional del agua, medio ambiente y de protección contra incendios, cuando corresponda;
e)interés de utilizar carteles, servicios artísticos o ambos;
f)horario de producción o servicio, en correspondencia con lo establecido por el Consejo de la Administración del Poder Popular; y
g)fuente de procedencia del interesado a los efectos de la afiliación a la seguridad social.
La ministra del #MtssCuba, Marta E Feito cabrera, expone las precisiones para el trabajo con las personas que extinguen sanción en libertad.
En el Centro de Estudios Laborales y de Seguridad Social se desarrolla en la jornada, el #Diplomado sobre Organización del #Trabajo y los #Salarios. #MtssCuba #CubaViveYTrabaja
El 15 de noviembre, a partir de las 7:00 pm, y hasta que culminen las actividades, quedarán cerradas a la circulación de vehículos las siguientes vías:
Avenida Malecón desde la Avenida del Puerto hasta el 1830
Galiano desde San Lázaro hasta Zanja
Marina desde Jovellar hasta Malecón
Infanta desde 25 hasta 23
23 desde calle O hasta Malecón
Calle G desde Calzada hasta Malecón
Paseo desde 3ra. hasta 1ra.
1ra. desde calle 2 hasta calle A
Como vías alternativas se sugieren las calles Reina, Salvador Allende, Monte, Zanja, Belascoain, Infanta, 23 y Línea.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Empresa Provincial de Transporte de La Habana, a partir de las 06:00 pm, aplicará medidas de desvíos del transporte público:
La ruta 23 que transita por San Lázaro-Galiano y Reina, lo hará por San Lázaro y Belascoaín a su recorrido habitual.
La ruta 55, P-6, P-9 y P-16 transitará por 23 a calle O, Infanta y San Lázaro a su recorrido habitual.
Mientras que el P-1 y P-4, lo harán por Infanta, San Lázaro y calle L a su recorrido habitual.
(Con información de ACN)
Avenida Malecón desde la Avenida del Puerto hasta el 1830
Galiano desde San Lázaro hasta Zanja
Marina desde Jovellar hasta Malecón
Infanta desde 25 hasta 23
23 desde calle O hasta Malecón
Calle G desde Calzada hasta Malecón
Paseo desde 3ra. hasta 1ra.
1ra. desde calle 2 hasta calle A
Como vías alternativas se sugieren las calles Reina, Salvador Allende, Monte, Zanja, Belascoain, Infanta, 23 y Línea.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Empresa Provincial de Transporte de La Habana, a partir de las 06:00 pm, aplicará medidas de desvíos del transporte público:
La ruta 23 que transita por San Lázaro-Galiano y Reina, lo hará por San Lázaro y Belascoaín a su recorrido habitual.
La ruta 55, P-6, P-9 y P-16 transitará por 23 a calle O, Infanta y San Lázaro a su recorrido habitual.
Mientras que el P-1 y P-4, lo harán por Infanta, San Lázaro y calle L a su recorrido habitual.
(Con información de ACN)
Gestión de alternativas de empleo
Las Direcciones de Trabajo Municipales gestionan las alternativas de empleo para licenciados del servicio militar activo, egresados de establecimientos penitenciarios y sancionados, personas con discapacidad, egresados de Técnico medio, obrero calificado y personas sin vínculo laboral que manifiestan interés en trabajar, atendiendo a las necesidades existentes en cada territorio.
Las Direcciones de Trabajo Municipales gestionan las alternativas de empleo para licenciados del servicio militar activo, egresados de establecimientos penitenciarios y sancionados, personas con discapacidad, egresados de Técnico medio, obrero calificado y personas sin vínculo laboral que manifiestan interés en trabajar, atendiendo a las necesidades existentes en cada territorio.
Aprobación de una prestación o servicio de la Asistencia Social
La necesidad de protección de la Asistencia Social se determina cuando se demuestra la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen, se verifique insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, el pago de los servicios básicos y la carencia de familiares obligados a prestar ayuda.
Para solicitar protección de la Asistencia Social debe dirigirse a las Direcciones de Trabajo del municipio de residencia, mostrando el carnet de identidad al funcionario del departamento de Prevención, Asistencia y Trabajo Social que lo atienda.
La necesidad de protección de la Asistencia Social se determina cuando se demuestra la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen, se verifique insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, el pago de los servicios básicos y la carencia de familiares obligados a prestar ayuda.
Para solicitar protección de la Asistencia Social debe dirigirse a las Direcciones de Trabajo del municipio de residencia, mostrando el carnet de identidad al funcionario del departamento de Prevención, Asistencia y Trabajo Social que lo atienda.
Hoy se celebra el Día Mundial sin Alcohol, una efeméride promovida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con la finalidad de concienciar a la población mundial acerca de los daños físicos y psicológicos que ocasiona el consumo de este tipo de sustancias en nuestro organismo. Es de vital importancia fomentar la responsabilidad en el consumo de alcohol, especialmente en los jóvenes. #Cuba #MtssCuba
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Marta Elena Feito Cabrera
En Taller Nacional Sistema de Control, influencia y atención hacia las personas q extinguen sanciones en libertad #MtssCuba ratificó las medidas validadas favorablemente e incluyó otras nuevas p cerrar brechas y respaldar nuevas disposiciones jurídicas.
Marta Elena Feito Cabrera
En Taller Nacional Sistema de Control, influencia y atención hacia las personas q extinguen sanciones en libertad #MtssCuba ratificó las medidas validadas favorablemente e incluyó otras nuevas p cerrar brechas y respaldar nuevas disposiciones jurídicas.