Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba
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Canal Oficial en Telegram del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la República de Cuba
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Jóvenes procedentes de Guatemala, Nicaragua, El Salvador, Honduras, México y otras regiones del continente, inauguraron la institución el 15 de noviembre de 1999, como respuesta a la necesidad de más médicos, que dejó en evidencia el desastre provocado por los ciclones George y Mitch en Centroamérica, causante de unos 10 000 muertos y desaparecidos, más millones de damnificados. En la actualidad en la ELAM aprenden a sanar el cuerpo, jóvenes humildes de Oceanía, Eurasia, África y las Américas, incluido Estados Unidos, los que retornan a sus comunidades luego de un período riguroso de seis años de estudio. Los graduados tienen derecho a cursar de forma gratuita su primera especialidad. #Cuba #CubaPorLaSalud #CubaPorLavida #MtssCuba
En la mañana de este martes llegó a La Habana una nueva central flotante para la generación de electricidad que, una vez sincronizada, sumará al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) unos 110 megawatts (MW) de potencia. Esta patana (como también se conocen las centrales flotantes) será la séptima instalación de su tipo en el país, uniéndose a otras radicadas en la bahía de Mariel y en la bahía de La Habana. Los primeros de estos sistemas operan en el país desde 2019 fruto de un acuerdo entre Cuba y la empresa turca Karadeniz Holding. Según fuentes de la Unión Eléctrica, la central dotada con seis motores, debe sincronizar al sistema eléctrico a finales de este mes de noviembre. Con la esta incorporación, las “patanas” tienen una potencia de 400 mw. Fuentes: Cubadebate
Solicitud de licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia.
Al acudir a la Dirección de Trabajo Municipal, las personas interesadas deben presentar los documentos siguientes:
a)Escrito de solicitud;
b)carné de identidad;
c)dos fotos 1x1;
d)solicitud de autorización para emplear trabajadores contratados y proyecto de contrato de trabajo o documento equivalente, donde se precisen las cláusulas y condiciones acordadas;
e)autorización del Historiador o del Conservador, según corresponda, en los casos en que pretenda realizar la actividad dentro de los límites de la Zona Priorizada para la Conservación; y
f)otros documentos requeridos, en correspondencia con la actividad que se va a desarrollar.

El escrito de solicitud a que se hace referencia, contiene la información sobre los aspectos siguientes:
a)Descripción de la actividad que pretende realizar y lugar donde va a ejercerla;
b)declaración jurada del origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar en las actividades: Arrendador de vivienda, habitaciones y espacios; Fregador engrasador de equipos automotores; Herrero, Instructor de gimnasio de musculación; Operador de equipos de recreación; Panadero-dulcero; Productor vendedor de calzado; Servicio de chapistería; Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles; Servicio gastronómico en cafetería; Servicio gastronómico en restaurante; Servicio de bar y recreación; Transporte de carga y pasajeros con medios automotores, ferroviarios y marítimos;
c)procedencia de los equipos y medios, cuando corresponda;
d)cumplimiento de las normas de Planificación Física, de higiene, de inocuidad de los alimentos, el uso racional del agua, medio ambiente y de protección contra incendios, cuando corresponda;
e)interés de utilizar carteles, servicios artísticos o ambos;
f)horario de producción o servicio, en correspondencia con lo establecido por el Consejo de la Administración del Poder Popular; y
g)fuente de procedencia del interesado a los efectos de la afiliación a la seguridad social.
Continúa en la jornada la Plenaria del XI Taller Nacional Sobre el Sistema de Control, Influencia y Atención a las Personas que Extinguen Sanciones en Libertad.
La Comisión No.2 expone los resultados, destacando que existen avances en el control y seguimiento.
El presidente de la Comisión No. 3 informa acerca de los resultados de las relaciones de coordinación para implementar esta actividad.
La ministra del #MtssCuba, Marta E Feito cabrera, expone las precisiones para el trabajo con las personas que extinguen sanción en libertad.
En el Centro de Estudios Laborales y de Seguridad Social se desarrolla en la jornada, el #Diplomado sobre Organización del #Trabajo y los #Salarios. #MtssCuba #CubaViveYTrabaja
En la Plenaria del XI Taller se puntualizó en la labor del trabajador social, en el contexto, más necesaria que nunca, para que no vuelva a incrementarse las personas que no estudian o trabajan, afirmó el funcionario del Comité Central Julio César García Rodríguez.
El 15 de noviembre, a partir de las 7:00 pm, y hasta que culminen las actividades, quedarán cerradas a la circulación de vehículos las siguientes vías:
Avenida Malecón desde la Avenida del Puerto hasta el 1830
Galiano desde San Lázaro hasta Zanja
Marina desde Jovellar hasta Malecón
Infanta desde 25 hasta 23
23 desde calle O hasta Malecón
Calle G desde Calzada hasta Malecón
Paseo desde 3ra. hasta 1ra.
1ra. desde calle 2 hasta calle A
Como vías alternativas se sugieren las calles Reina, Salvador Allende, Monte, Zanja, Belascoain, Infanta, 23 y Línea.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Empresa Provincial de Transporte de La Habana, a partir de las 06:00 pm, aplicará medidas de desvíos del transporte público:
La ruta 23 que transita por San Lázaro-Galiano y Reina, lo hará por San Lázaro y Belascoaín a su recorrido habitual.
La ruta 55, P-6, P-9 y P-16 transitará por 23 a calle O, Infanta y San Lázaro a su recorrido habitual.
Mientras que el P-1 y P-4, lo harán por Infanta, San Lázaro y calle L a su recorrido habitual.
(Con información de ACN)
Gestión de alternativas de empleo
Las Direcciones de Trabajo Municipales gestionan las alternativas de empleo para licenciados del servicio militar activo, egresados de establecimientos penitenciarios y sancionados, personas con discapacidad, egresados de Técnico medio, obrero calificado y personas sin vínculo laboral que manifiestan interés en trabajar, atendiendo a las necesidades existentes en cada territorio.
Aprobación de una prestación o servicio de la Asistencia Social
La necesidad de protección de la Asistencia Social se determina cuando se demuestra la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen, se verifique insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, el pago de los servicios básicos y la carencia de familiares obligados a prestar ayuda.
Para solicitar protección de la Asistencia Social debe dirigirse a las Direcciones de Trabajo del municipio de residencia, mostrando el carnet de identidad al funcionario del departamento de Prevención, Asistencia y Trabajo Social que lo atienda.
Hoy se celebra el Día Mundial sin Alcohol, una efeméride promovida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con la finalidad de concienciar a la población mundial acerca de los daños físicos y psicológicos que ocasiona el consumo de este tipo de sustancias en nuestro organismo. Es de vital importancia fomentar la responsabilidad en el consumo de alcohol, especialmente en los jóvenes. #Cuba #MtssCuba
En el marco de la plenaria de XI Taller, varios organismos de relación con la tarea, presentan sus apreciaciones, precisiones y acciones para fortalecer el control e influencia sobre las personas que cumplen o extinguen sanción en libertad.
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Marta Elena Feito Cabrera
En Taller Nacional Sistema de Control, influencia y atención hacia las personas q extinguen sanciones en libertad #MtssCuba ratificó las medidas validadas favorablemente e incluyó otras nuevas p cerrar brechas y respaldar nuevas disposiciones jurídicas.
En la plenaria del XI Taller, las ideas de #Fidel en el papel educativo del trabajo, con las personas que cometen delitos, son ratificados en la propuesta del Ministerio de Educación para el trabajo, con los que cumplen o extinguen sanción en libertad. #Cuba #FidelPorSiempre
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Virginia Marlén García Reyes. Directora General del Instituto Nacional de Seguridad Social.
Los titulares de los proyectos de desarrollo local que no son sujetos del régimen general de seguridad social o de cualquier otro régimen especial, se rigen por las disposiciones previstas para los TPCP #Cuba #MtssCuba
En la plenaria del XI Taller, la Dirección de Establecimientos Penitenciarios, aborda su responsabilidad con el tratamiento educativo de las personas que cumplen sanción en régimen cerrado y el seguimiento a los que extinguen en libertad, para evitar que sean revocados.
DECRETO-LEY 65
“DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TITULARES
Y LOS TRABAJADORES CONTRATADOS DE LOS PROYECTOS DE DESARROLLO LOCAL”
Artículo 1. Los titulares de los proyectos de desarrollo local que no son sujetos del régimen general de seguridad social o de cualquier otro régimen especial, se rigen por las disposiciones previstas para los trabajadores por cuenta propia en el Decreto-Ley 48 “Del régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia, los socios
de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas”, de 6 de agosto de 2021.
Artículo 2.1. La afiliación al régimen especial de seguridad social de los titulares del proyecto de desarrollo local que no son sujetos del régimen general de seguridad social o de cualquier otro régimen especial vigente, es obligatoria y constituye un requisito indispensable para que ejerzan su gestión y reciban los beneficios de la seguridad social
contenidos en las disposiciones del referido Decreto-Ley 48.
2. La afiliación al régimen especial se formaliza a solicitud del titular con la inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Social, que obra en la filial municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social correspondiente al territorio donde se realiza el proyecto de desarrollo local, considerada esta como la fecha de alta al régimen especial.
3. El funcionario designado de la filial municipal, en el acto de afiliación, registra la base de contribución seleccionada por el titular del proyecto de desarrollo local y entrega la certificación presentada por el solicitante ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria correspondiente al territorio donde se desarrolla el proyecto, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de emitida, para su inscripción en el Registro de Contribuyentes.
Artículo 3. Los trabajadores contratados de los proyectos de desarrollo local se rigen por las disposiciones del régimen general de seguridad social previstas en la Ley 105 “De Seguridad Social”, de 27 de diciembre de 2008.